Por: Manuel Donado Solano.
Siempre que hacemos alusión a la irrupción de conflictos en el tejido social, se ha vuelto una creencia generalizada que los mismos constituyen un elemento indeseable o demasiado perturbador que debe evitarse o suprimirse a toda costa. En este sentido, dicho punto de vista debe ser aclarado en lo que tiene que ver con el hecho del carácter connatural e inevitable de aquellos en todas aquellas sociedades o grandes grupos humanos en cuyo interior se mueven concepciones, expectativas y demandas de los más diversos grupos o sectores sociales.
En estas circunstancias, lo que se impone es la tarea de velar para que los actores de estas reclamaciones no acudan al expediente de la violencia con tal de hacer prevalecer sus intereses y concepciones políticas sobre las del otro, llegando al extremo del terror y el asesinato sino que se busquen cauces para que las contradicciones sean dirimidas de manera civilizada y se conviertan en un factor positivo que ayude al progreso.
En pos de una mayor claridad sobre este tópico, sería de gran importancia, siguiendo este orden de ideas, traer a colación el papel que en la concepción kantiana juega la triada razón, Derecho y paz, ya que cuando la razón y el Derecho no han superado el estado de naturaleza, los juicios privados generan disensiones y conflictos, siendo necesario apelar al denominado uso práctico o pacificador de la razón, asociada al Derecho como medio eficaz que nos permitiría a través de la crítica o la juridicidad llegar a la paz[1]
Es el caso concreto del conflicto armado interno que padece nuestra martirizada republica entre actores que oponen sus visiones sobre el poder y las políticas a seguir, son cada vez mayores las voces de quienes desde sectores como los gremios, los partidos políticos los medios de comunicación o simplemente ciudadanos del común, abogan por una solución militar, por parte de las fuerzas armadas del Estado, fundada en un escalonamiento cada vez mayor de la violencia sin reparar o prestar atención a la salvaguarda de los derechos humanos o a las normas internacionales que regulan los conflictos armados por considerarlas un estorbo para lograr de manera eficaz y pronta la derrota militar y el consiguiente sometimiento de una guerrilla sin ideales que tortura, secuestra y asesina a civiles haciendo caso omiso del Derecho Internacional Humanitario.
De la situación anteriormente descrita, se derivan como corolario otros problemas o interrogantes de trascendental importancia que tienen que ver con el debate sobre la validez de estrategias para la consecución de la paz, entre las cuales sobresale la que apunta a la necesidad de humanizar el conflicto armado y así contribuir a que se de un clima de confianza mutua que permita un proceso de diálogo entre los actores armados enfrentados. En este sentido también sería pertinente analizar el papel desempeñado por la sociedad civil en medio de la guerra y ver si tiene alguna incidencia protagónica o no en las políticas del Estado sobre el manejo de ésta; y por ultimo, analizaré de manera somera, las posiciones y visiones que se han erigido en obstáculos que han dado al traste con los intentos de adelantar unos incipientes procesos de dialogo, así como la necesidad de construir una paz positiva basada en el consenso y el respeto de los derechos.
En este sentido, buscaré unos referentes sólidos en la magistral obra de Emmanuel Kant, La Paz Perpetua, publicada en 1795, en la cual propone como estrategias de paz unos presupuestos consignados en los que denomina artículos preliminares y artículos definitivos, de los cuales, para el caso que nos ocupa, me detendré a analizar el primero y el sexto de los primeros así como el primero de los segundos por considerarlos aspectos neurálgicos a tener en cuenta a la hora de hacer una reflexión crítica de la situación del conflicto armado interno e intentaré mostrar, muy superficialmente, algunas limitaciones o insuficiencias de dichas estrategias planteadas por el padre del imperativo categórico al momento de evaluar nuestra situación así como la pertinencia o posibilidad de ser complementadas mediante la propuesta de Jurgen Habermas sobre el papel de la sociedad civil en el Estado democrático y el reconocimiento de derechos.
En lo concerniente a la real dimensión de los aportes de Kant a través de los artículos preliminares sería pertinente traer a colación aquel que prohíbe suscribir negociaciones o tratados de paz que oculten reservas e intenciones que puedan desatar otra guerra, así como el que nos plantea la necesidad de evitar en la confrontación armada actos de sevicia y crueldad que hagan imposible el advenimiento de unos acercamientos o conversaciones que conlleven a la instauración de un estado de convivencia pacifica.
En la propuesta kantiana para la consecución de una paz estable y duradera, es importante tener en cuenta que al momento de entablarse unas negociaciones de paz entre los contendientes, a estos debe animarlos la mejor buena voluntad, ya que no se trata de un mero armisticio o cese de hostilidades que esconda segundas intenciones en el sentido de reanudar la guerra mas adelante[2]
Aquí, el filósofo hace un llamado a que las partes en conflicto al momento de entablar una negociación o suscribir un tratado para ponerle fin a la guerra, debe animarlas la más sincera buena voluntad, ya que no dejaría ser algo inmoral firmar un tratado o adelantar unas conversaciones de paz con el enemigo, pensando no en erradicar las causas del conflicto ni en un cese definitivo de las hostilidades sino postergarlas con el fin de adquirir mayores ventajas en un futuro.
Siguiendo con este orden de ideas, no podemos olvidar que la humanidad ha sido testigo excepcional de tales situaciones durante la antesala de la segunda guerra mundial, cuando las potencias involucradas suscribían todo tipo de “pactos” y “tratados” de paz con el objetivo de ganar tiempo para acondicionar en mejor forma las respectivas maquinarias bélicas y nunca con el objeto de erradicar definitivamente las hostilidades.
En este mismo sentido, es lo que podría decirse de los últimos procesos de diálogos, donde al no hacerse evidente una verdadera voluntad de paz de las partes, estos han sido concertados como parte de una estrategia guiada bajo el frió calculo con tal de ganar tiempo y fortalecerse militar y políticamente facilitando de esa manera un apuntalamiento de la mejor forma ya sea de las mas caras razones de Estado o de extender los frentes de combate para obtener un ventajoso rearme que por lo general es precedido de una intensa escalada de violencia como actos simbólicos de fuerza que expresen poder y supremacía que conlleven a un mejor posicionamiento al momento de hacer prevalecer e imponer visiones sobre la sociedad y el papel del Estado y por ende a un mayor fortalecimiento del papel de autoridad protagónica en la mesa de negociaciones. Es el caso de la famosa mesa de diálogos instalada en el Caguán durante el gobierno de Andrés Pastrana con el objetivo de fijar una agenda temática como eje de la negociación política, la cual fracasó, según los negociadores de ambos bandos, debido a que, según la guerrilla, los representantes del gobierno consideraron como temas no negociables aspectos básicos de la política macroeconómica del Estado; y a su vez, el gobierno acusó a la guerrilla de utilizar la zona de despeje para ocultar secuestrados e iniciar un proceso de rearme y creación de nuevos frentes de combate con el fin de preparar una confrontación a mayor escala.
Siguiendo con este mismo orden de ideas, no sobra resaltar la necesidad de que estos procesos de negociación para ponerle fin al enfrentamiento armado, ganen legitimidad, mediante la participación activa de la ciudadanía a través de sus organizaciones o de la llamada sociedad civil por ser un tópico tan neurálgico y de de tanta trascendencia para los pueblos. En este aspecto, ya Kant advertía sobre la necesidad prima facie de la construcción de un Estado republicano cuya constitución debía tener como fundamento la libertad de los asociados, así como el sometimiento de los ciudadanos a una legislación común y la igualdad de todos los ciudadanos, ya que sólo en un espacio político constituido por ciudadanos autónomos, los cuales han de obedecer las leyes que ellos mismos se impongan a través de su consentimiento, lo que les permitirá al mismo tiempo hacer suyas las decisiones de la colectividad. Aquí, además de hacerse evidente la critica que ya Kant formulaba hacia aquellos Estados despóticos y arbitrarios cuyos monarcas se consideraban sus propietarios y creían poder instrumentalizar a su capricho y antojo a sus súbditos y lanzarlos como meras fichas de un juego en sus caprichosas aventuras militares que para nada afectaban su vida regalada que transcurría en banquetes, cazas y castillos, dejando al cuerpo diplomático la justificación de sus acciones.[3] Como corolario de lo anterior, el pensador alemán consideraba de capital importancia para la vida y el desarrollo de las sociedades humanas, que tópicos como el de la guerra o lo atinente a su conducción, deben contar con la aprobación o el consentimiento de los ciudadanos constituidos en cuerpo político, ya que si ellos han de sufrir los males y la devastación que ella acarrea así como el peso abrumador de la deuda pública ,lo piensen mucho antes de decidirse a tan arriesgado juego[4]
Sin lugar a dudas que esto ha de llevarnos a reflexionar en el sentido de que un hecho de tanta trascendencia para la vida de los asociados de un cuerpo político como es el problema del diseño de las políticas sobre la declaración y conducción de la guerra o para la consecución de la paz, deben contar con el aval de los ciudadanos o de sus representantes.
En todo este orden de ideas, no hay lugar a duda alguna que el ultimo punto de los artículos provisionales de la Paz Perpetua, como bien lo vimos en el trabajo del numero pasado dedicado a los antecedentes filosófico-políticos del DIH, constituye el aspecto neurálgico de la reflexión kantiana sobre la necesidad de humanizar la guerra, a través del reconocimiento, aun en medio de la confrontación, de unos derechos que deben ser respetados, ya que así se contribuiría a que se evite la satanización y a la vez crearía las condiciones para que se de un clima de confianza entre las partes tan necesarios para iniciar un proceso de acercamiento.
Entre tales actos podemos destacar como primera medida, emprender contra el enemigo una guerra de exterminio y aniquilamiento (bellum punitivum); no tener credibilidad en la conciencia del enemigo, ya que si se pacta con el, tenemos que confiar en su buena voluntad; considerar al otro como un enemigo ilegitimo, ya que se presumiría que el derecho está de parte de uno de los bandos y por ultimo, recurrir al asesinato político, al envenenamiento de las fuentes naturales y el ecosistema e incentivar la traición en las filas enemigas.[5]
Es entonces evidente la necesidad de que el Derecho entre a regular la guerra, ya que aquí luchan dos realidades: “la del ser” de violencia que es la guerra y la del deber ser de lo normativo que es el Derecho. En otros términos, en el plano jurídico de la guerra luchan dos principios, el de la necesidad de la violencia para dañar al enemigo y el de los limites de esta violencia, para evitar daños inútiles[6]
En este orden de ideas, sería pertinente que entráramos a definir en que consiste el Derecho Internacional Humanitario al equipararlo a ese conjunto de normas que regulan la conducción de las hostilidades y establecen un equilibrio entre las exigencias militares y el principio de humanidad. Las exigencias militares implican que el único objetivo de las operaciones militares es el debilitamiento de las fuerzas enemigas. Por lo tanto, se prohíben las operaciones destinadas a agravar el sufrimiento del adversario sin lograr una ventaja militar importante.
Indudablemente que sería un enorme avance la prohibición de acciones como el asesinato de civiles y de combatientes heridos o que han depuesto las armas, así como la utilización del secuestro y la tortura; o la toma de rehenes, esto es, la retención que se hace para obligar a un tercero –llámese Estado o un particular- a cumplir con ciertas exigencias o condiciones, o en el peor de los casos, la toma militar de poblaciones desprotegidas o la utilización de armas no convencionales y de un alto poder letal así como la utilización de la sevicia y el terror para disuadirlas de un posible apoyo al bando enemigo, constituyen un gran avance en la lucha por ponerle un limite en la guerra a acciones que degraden a combatientes y atenten directa e indirectamente contra sectores neutrales, ajenos a la confrontación armada.
Nadie, pondría en duda la importancia que tiene la humanización de la guerra, sustentada en el reconocimiento del otro y la mutua aceptación como sujetos portadores de derechos, aun en medio de la confrontación armada, y del respeto irrestricto a las normas establecidas en el Derecho Internacional Humanitario como estrategia de paz válida que permita una solución política al conflicto armado en nuestro país.
Pero aquí cabría hacernos la siguiente pregunta: ¿es esto por sí sólo, garantía suficiente para el establecimiento de una paz estable?
Vistos los tópicos anteriormente expuestos como estrategias de paz y partes constitutivas esenciales de la obra de Kant, sería pertinente que entremos a reflexionar a manera de balance crítico, tomando como referente el conflicto político armado interno, algunos problemas o dificultades que se presentan al momento de cotejar dichas estrategias con nuestra realidad.
Ahora bien, planteadas las cosas así, valdría la pena entrar a analizar si al momento de iniciar unos diálogos para sentar las bases sólidas de un proceso de paz, el cual se halla plagado de toda clase de obstáculos y vicisitudes debido al predominio, en la mayoría de los casos, de una racionalidad instrumental y pragmática en los actores del conflicto, impidiendo muchas veces conciliar sus intereses estratégicos, debemos limitarnos a exigir actos de buena voluntad concebidos como decisiones unilaterales de carácter subjetivo, propio de nociones abstractas de alguna entelequia o concesiones unilaterales de alguna de las partes, o si además de esto, se hace necesario un eficaz control político mediante una auténtica participación ciudadana así como la implementación de unos principios procedimentales mínimos que a través del ordenamiento jurídico interno y refrendados por el Derecho Internacional, con un nuevo rol, y como fuente primigenia, le den un carácter vinculante a los pactos o acuerdos, ya que aquel no puede limitarse a cumplir los requisitos funcionales de una sociedad sino a satisfacer también las precarias condiciones de una integración social a través de un entendimiento intersubjetivo comunicante, es decir a través de la aceptabilidad de pretensiones de validez [7] y así desde un inicio se disuada a los actores dialogantes de asumir discursos o posturas con segundas intenciones que escondan protervos intereses de estrategia política o militar, y evitar que estos procesos de acercamiento se conviertan en desafortunadas e infructuosas escenas propias de una tragicomedia.
Aquí resulta de capital importancia la reivindicación de la autonomía política de los ciudadanos en lo que tiene que ver con el respeto de sus decisiones en torno al tópico de la guerra y la paz, ya que constituye un valioso aporte en lo que tiene que ver con el reconocimiento del derecho que les asiste a oponerse en un momento dado a la entronización de políticas guerreristas o de tomar parte activa, a través de diversos mecanismos, durante las negociaciones para la consecución de la paz, y así evitar quedar relegados a un segundo plano o a una participación de carácter intrascendente y residual mientras todo se reduce al mero protagonismo de los representantes de los gobiernos de turno y de las cúpulas de los grupos guerrilleros.
La razón de ser de la necesidad de estos requerimientos podemos encontrarla en los señalamientos puntuales que al respecto hizo Jesús A Bejarano, en el sentido de que la sociedad no es convocada a cambiar estructuras políticas que posibilitan la guerra ni a incidir en los términos en que pueda negociarse la paz políticamente, sino que mas bien el llamado suele reducirse a condenar la violencia como una manifestación de incivilidad, o a movilizarla a favor de modificar las conductas de los agentes violentos.[8]
Es obvio que en estas situaciones de impase y obstaculización generadas desde las instancias propias de lo administrativo-legislativo, reduciendo al ostracismo la participación ciudadana directa en los tópicos referentes a la guerra y la paz; o cuando el aparato estatal ya no viene regulado y controlado por los intereses sociales, es entonces, según Habermas, cuando la sociedad civil debe hacerse presente a través de espacios públicos autónomos, y capaces de resonancia suficiente, desarrollando una vitalidad e impulsos necesarios para que los conflictos que se producen en la periferia se transfieran al sistema político y se elaboren así eficazmente las pretensiones y demandas a los intereses sociales[9].
Si bien es cierto que en las actuales relaciones de dominación y poder que se dan al interior de los Estados, el hecho de que la constitución establezca de manera formal la igualdad y la libertad no es una garantía efectiva que asegure de por sí un sistema democrático amplio en el que se de un pleno ejercicio de los derechos y libertades. Es de ahí los resquemores y dudas de Bobbio al afirmar en su obra El Tercero Ausente, sobre el escepticismo que nos asalta al momento de establecer la relación entre régimen democrático y política de paz, ya que las cuestiones relacionadas con este tópico escapan al control democrático.[10]
Ante tan tamañas dificultades, debido a lo que denomino como la elitizacion o burocratización de dichos procesos de paz, al darles una inusitada preponderancia en su papel protagónico a estamentos como los gremios económicos o instituciones como la Iglesia, los cuales no podemos considerarlos como los únicos representantes de la sociedad civil ya que al interior de ésta, se mueven otras visiones e intereses, los cuales serían desconocidos de plano o relegados a un segundo plano. Ante esta situación, sería pertinente volver sobre Habermas en sus señalamientos sobre la imperiosa necesidad de construir una soberanía comunicativamente fluidificada de los ciudadanos que haga valer el poder de los discursos públicos que broten de los espacios públicos autónomos y que tomen forma en los acuerdos de cuerpo legislativos que procedan democráticamente a través de decisiones mayoritarias susceptibles de ser revisadas.[11]
Aquí sería pertinente recabar hasta la saciedad que la legitimidad del Estado de derecho procede de su dinámica en procesos democráticos, en los cuales se de una autentica representación y participación de la sociedad civil, reviste gran importancia el concepto normativo de espacio publico u opinión publica, ya que la voluntad política organizada en un Estado en forma de poder legislativo destruiría las bases de su propio funcionamiento racional si taponase las fuentes espontáneas que representan los espacios públicos autónomos o se encapsulase frente al flujo de temas, contribuciones, informaciones y razones que libremente floten en una esfera preestatal igualitariamente estructurada.[12]
Por ultimo, nadie pondría en duda la importancia que tiene la humanización de la guerra, sustentada en el reconocimiento del otro y la mutua aceptación como sujetos portadores de derechos, aun en medio de la confrontación armada, y del respeto irrestricto de las normas establecidas en el Derecho Internacional Humanitario como estrategia de paz valida que permita una solución política al conflicto político armado en nuestro país. Esto teniendo en cuenta la aseveración del profesor Angelo Papachini en el sentido que un acuerdo previo sobre el rechazo de practicas degradantes e inhumanas, constituye el primer paso de una negociación en que el acuerdo sobre el respeto de los derechos humanos puede extenderse de manera progresiva hacia otros temas que alimentan el conflicto armado.[13]
Pero aquí cabría hacernos la siguiente pregunta: ¿es esto por sí sólo, garantía suficiente para el establecimiento de una paz estable?. En este sentido creo que la condición sine qua non de toda paz duradera es el respeto pleno y efectivo de los derechos políticos, sociales y económicos, ya que así como la paz es la condición de posibilidad para el goce de los derechos, el respeto de estos últimos se transforma a su vez en condición de posibilidad para la paz([14]14)
Es de suma importancia tener en cuenta que entre las bondades que traería un estado de convivencia pacifica, se resalta, además de su papel posibilitador del goce pleno de los derechos fundamentales, el de permitir el despliegue de una existencia rica y plena, al poder desarrollar en armonía nuestras capacidades.
Ahora bien, en este sentido, sería pertinente entrar a calificar que no se trata de considerar la paz como un valor absoluto e incondicionado, debido a que esto nos llevaría a tener que aceptar, si es el caso, la imposición del recorte de derechos fundamentales básicos o tener que aceptar condiciones humillantes e indignas con tal de acceder a la conquista de una convivencia pacifica. Contrario a la anterior visión, de lo que se trata es de la consecución de una paz positiva, como resultado, además del consenso y la disposición dialógica, de la satisfacción de los puntos de vista e intereses de los bandos en conflicto.
Lo arriba expresado adquiere mayor relevancia al momento de evaluar un proceso de paz que tuvo gran significado en el hemisferio como el de El Salvador en 1992. aquí sería pertinente traer a colación las palabras de monseñor Gregorio Rosas, obispo de El Salvador, en la Conferencia Episcopal Latinoamericana celebrada en Medellín en 1998: Después de firmada la paz en mi país, aumentó la extrema pobreza, el desempleo, la inseguridad y el numero de muertes violentas superan las que ocurrían en tiempos de guerra. Lo que quiero decir es que a veces uno se ilusiona con que las armas se van a callar y que todo va a ser maravilloso y se olvida de que hay raíces, hay causas de un conflicto armado que si no se atacan, la paz real no se alcanza.[15]
Queda claro en este aspecto, la necesidad del rechazo a la violencia así como de la sevicia y de las practicas degradantes propias de la denominada guerra sucia por ser violatorias de la dignidad humana, pero capital importancia merece también la reivindicación de la participación democrática de los ciudadanos en el diseño de las políticas de paz así como el respeto y promoción de los derechos económicos, políticos, sociales y culturales para el grueso de la población y así se hagan realidad los anhelos tantas veces aplazados de llevar a la práctica todos nuestros proyectos de vida en una sociedad más justa y equitativa que posponga definitivamente a la guerra como forma de dirimir nuestras diferencias.
Resumen
En las sociedades multiculturales y poli clasistas, los conflictos entre quienes oponen sus visiones sobre el poder y el papel del Estado hacen que estos sean inevitables, pero de lo que se trata es de evitar que los contradictores acudan al recurso de la violencia a través de las armas como forma de imponer al otro sus concepciones.
En el caso nuestro el conflicto político armado que padece nuestro país, caracterizado por la sevicia y el terror por parte de los actores armados, se hace necesario someter la confrontación a la regulación del DIH y así crear unas condiciones que permitan un acercamiento de las partes para el inicio de un proceso de paz sincero con tal de erradicar la guerra y mediante un nuevo pacto se de el advenimiento de una convivencia pacifica.
En ese sentido, este artículo tiene por objeto, tomando como referencia la obra paradigmática de Kant “La Paz Perpetua” desde una perspectiva crítica, cotejar las estrategias de paz que en ella propone el pensador alemán en los llamados artículos preliminares y los provisionales, en los que se plantea la necesidad de empezar unas negociaciones de paz con la mejor buena voluntad de paz y no simularla con el objeto de emprender una guerra mas adelante; así como la necesidad de que sean los ciudadanos quienes reclamando su autonomía política participen en el delineamiento de políticas ya sea para lograr la paz o declarar la guerra, así como el caso de garantizar y promocionar los derechos fundamentales como garantía de una paz duradera.
Aquí, si bien cierto que nadie podría negar la importancia de estas estrategias de paz, sin embargo el padre del imperativo categórico no pudo preveer algunas dificultades que con el tiempo surgirían debido a la dinámica misma de las relaciones de poder al interior de los Estados y de los intereses de los bandos enfrentados. Aquí se hace necesario complementar, aunque lo hago de una manera muy tangencial, las estrategias planteadas por Kant en algunos planteamientos de Jurgen Habermas sobre el papel de la sociedad civil y el Derecho en las sociedades contemporáneas.
Sería importante no pasar por alto, que humanizar la guerra como estrategia de paz que permita un clima de confianza entre las partes enfrentadas para iniciar unos acercamientos que posibiliten un genuino y autentico proceso de paz, por sí sola no es suficiente para garantizar una paz duradera, si no se acompaña de un nuevo pacto social inclusivo y consensuado que apunte al respeto y promoción de los derechos fundamentales de grandes sectores de la población
Bibliografía.
Bejarano Jesús Antonio, El papel de la sociedad en el proceso de paz; en los Laberintos de la Guerra, Francisco leal .Buitrago. Compilador. TM Editores. Bogotá. 1999.
Bobbio Norberto, El Tercero Ausente. Ediciones Cátedra. Madrid 1997.
Flores Fernández, José Luís, Del Derecho de la Guerra. Ediciones Ejército. Madrid 1982.
Habermas Jurgen, Faticidad y Validez. Editorial Trotta. Madrid 2005.
Kant Emmanuel, La Paz Perpetua. Editorial Porrúa. México. 1995.
Villar Borda Luís, La paz en la doctrina del Derecho de Kant. Universidad Externado de Colombia. Bogotá. 1996.
Diario El Tiempo. Pag. 8ª. Domingo 19 de Julio de 1998.
Papachini, Angelo, los derechos humanos, un desafio a la violencia, editorial altamir, Bogotá 1997.
[1] Villar Borda Luís, pag 46. La paz en la doctrina del Derecho de Kant. Universidad Externado de Colombia. Bogotá. 1996
[2] Kant Emmanuel,pag. 217, La Paz Perpetua. Editorial Porrúa. México. 1995.
[3] Ibidem, pag. 223
[4] Ibidem, pag. 223
[5] Ibidem, pag. 223
[6] Flores Fernández,pag. 47, José Luís, Del Derecho de la Guerra. Ediciones Ejército. Madrid 1982.
[7] Habermas Jurgen, pag. 148, Faticidad y Validez. Editorial Trotta. Madrid 2005.
[8] Bejarano Jesús Antonio, pag. 275 El papel de la sociedad en el proceso de paz; en los Laberintos de la Guerra, Francisco leal .Buitrago. Compilador. TM Editores. Bogotá. 1999.
[9] Habermas Jurgen, Op,cit pag. 248
[11] Habermas Jurgen, Op,cit pag. 250
[12] Ibidem, 252
[13] Papachini, Angelo, pag.3293, los derechos humanos, un desafio a la violencia, editorial altamir, Bogotá 1997.
[14] Ibidem, pag. 392
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